Infografía comparativa entre contrato de arras y contrato de opción de compra por Alexander Fernández

El contrato de opción de compra: ¿Tu mejor aliado o un riesgo innecesario?

Alexander Fernandez Consultor de Propiedades y Agente Inmobiliario en Pontevedra, Galicia estatepiedradura.com Por: Alexander Fernández | 11 de marzo de 2026 | Art. 82

En el sector inmobiliario de Pontevedra, casi todo el mundo conoce el Contrato de Arras (Art. 61). Sin embargo, existe una figura legal más flexible pero que requiere un blindaje inmobiliario mucho mayor: el contrato de opción de compra.

Imagina que has encontrado la casa de tus sueños en Campolongo, pero todavía estás pendiente de cerrar la venta de tu vivienda actual, como vimos en Vender para Comprar (Art. 73). Un contrato de opción de compra te permite «reservar» ese derecho de compra en exclusiva durante un tiempo determinado, a cambio de una prima.

⚖️ ¿En qué se diferencia de las Arras?

Mucha gente los confunde, pero la diferencia es técnica y crucial para tu bolsillo:

  • En las Arras: Existe una obligación mutua de compra y venta desde el minuto uno. Si una de las partes se echa atrás, hay penalizaciones (perder la señal o devolver el doble).
  • En la Opción de Compra: El vendedor queda obligado a vender, pero el comprador tiene la potestad (la opción) de decidir si compra o no dentro del plazo. Es, literalmente, comprar «el derecho a decidir».

✅ Ventajas para el Vendedor y el Comprador

  1. Para el Comprador: Te permite «bloquear» la casa y el precio mientras terminas de vender tu piso o aseguras tu Hipoteca (Art. 66). Si al final decides no comprar, solo pierdes la prima pagada (salvo que se pacte otra cosa).
  2. Para el Vendedor: Recibes un dinero (la prima de opción) desde el primer día. Si el comprador finalmente no ejerce su derecho, tú te quedas con ese dinero y puedes volver a poner la casa a la venta.

⚠️ El riesgo oculto: La fiscalidad

Aquí es donde mi asesoramiento como Consultor de Propiedades se vuelve vital. La opción de compra tributa dos veces:

  • Al firmar el contrato, hay que pagar ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) por la prima.
  • Al ejercer la compra, se tributa por la transmisión de la vivienda.

Si no se redacta con un blindaje legal y trámites correctos, podrías terminar pagando impuestos de más o teniendo problemas con Hacienda por una valoración incorrecta de la prima.

Conclusión: Una herramienta de alta precisión

El contrato de opción de compra no es para todo el mundo ni para todas las casas. Es una estrategia avanzada que, bien ejecutada, permite cerrar operaciones que de otra forma serían imposibles.

¿Estás ante una operación inmobiliaria compleja en Pontevedra y no sabes si te conviene más un contrato de arras o una opción de compra? En Estate Piedra Dura analizamos tu situación financiera y legal para proteger tus intereses. Contáctenos y busquemos la mejor fórmula para tu caso.

Alexander Fernández Consultor de Propiedades y Agente Inmobiliario en Pontevedra, Galicia. Especialista en Gestión de Compraventa estratégica y Blindaje Inmobiliario en Estate Piedra Dura.

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