Contrato de arras penitenciales en una compraventa

Arras Penitenciales: Guía y Diferencias en España

Por: Alexander Fernandez agente inmobiliario. Pontevedra 20 noviembre 2024 Galicia España

Introducción

En el proceso de compraventa de una vivienda, el contrato de arras es uno de los primeros y más importantes acuerdos. Pero, ¿conoces las diferencias entre los tipos de arras? En esta guía, nos centraremos en las arras penitenciales, un concepto clave regulado por el Código Civil español, y te explicaremos sus implicaciones, ventajas y diferencias con otros tipos de arras.

¿Qué son las arras penitenciales?

Las arras penitenciales, también conocidas como arras de desistimiento, son un tipo de contrato que permite a las partes de una compraventa desistir del contrato sin necesidad de alegar una causa específica. Este tipo de arras está regulado por el artículo 1454 del Código Civil, un punto fundamental que establece la base legal de este acuerdo.

Aplicación según el Código Civil

El artículo 1454 establece que si se han entregado arras o señal en un contrato de compraventa, el contrato puede rescindirse. Si es el comprador quien desiste, perderá la cantidad entregada como arras. Si es el vendedor quien desiste, deberá devolver el doble de la cantidad recibida. Para más detalles sobre este artículo, puedes consultarlo en el Servicios.

Características del Contrato de Arras Penitenciales

Para que un contrato de arras penitenciales sea válido, debe incluir la siguiente información:

  • Datos del comprador y del vendedor, con sus firmas.
  • Precio de la compraventa y forma de pago.
  • Descripción del objeto de compra.
  • Cantidad económica acordada como arras.
  • Plazo máximo para formalizar el contrato de compraventa.
  • Distribución de los gastos derivados de la compraventa.

Obligaciones y Consecuencias

  • Para el comprador: Si el comprador desiste, perderá la cantidad entregada como arras penitenciales.
  • Para el vendedor: Si el vendedor desiste, deberá devolver el doble de la cantidad recibida.
  • Implicaciones Fiscales: El comprador que desiste debe reflejar su pérdida en el IRPF, mientras que el vendedor debe declarar una ganancia patrimonial. Si es el vendedor quien desiste, debe declarar la cantidad de las arras como pérdida patrimonial, y el comprador debe tributar la misma cantidad como ganancia patrimonial.

Diferencias con otros tipos de arras: Confirmatorias y Penales

Es fundamental entender que no todas las arras son iguales. Las arras penitenciales se diferencian claramente de las otras dos variantes principales:

  • Arras Confirmatorias: Sirven como prueba de la celebración del contrato y no permiten el desistimiento sin una causa justificada. Son un anticipo del precio y su incumplimiento puede llevar a la parte perjudicada a exigir el cumplimiento del contrato o una indemnización por daños y perjuicios.
  • Arras Penales: Se utilizan como garantía de cumplimiento y conllevan una penalización en caso de incumplimiento. No permiten el desistimiento libremente. Si una de las partes incumple, la otra puede exigir el cumplimiento del contrato o el pago de la penalización estipulada en las arras.

Espero que este blog te dé información y te sea útil a la hora de vender o comprar tu inmueble. Si tienes dudas o necesitas ayuda con un contrato de arras penitenciales, puedes consultar nuestra página de contactar con nuestro equipo..

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